Esto es lo que deben tener en cuenta para ganarse el descuento:

1. Plazos para pagar el predial

El impuesto predial se puede pagar con un 10% de descuento hasta el próximo 19 de abril. Pasada esta fecha, se podrá pagar sin descuento hasta el 21 de junio. De no atenderse estos plazos, los contribuyentes deberán pagar junto al impuesto, la sanción y el interés de mora correspondiente que será como mínimo de $118.000 para predios residenciales de estratos 1, 2, 3 y 4, o de $157.000 para los demás predios.

2. Alternativas si no ha recibido el formulario

Para facilitar el pago del predial, la Secretaría de Hacienda está distribuyendo más de 2 millones de formularios listos para ser pagados en cualquiera de los bancos autorizados a través de medios electrónicos (cajeros automáticos, sistemas de audiorespuesta o portales bancarios). La distribución de formularios terminará el viernes 5 de abril. Si después de esta fecha no se recibe el formulario los contribuyentes cuentan con las siguientes opciones para obtenerlo:

• Descargarlo de la página web www.haciendabogota.gov.co

Para esta opción, los contribuyentes deben tener a la mano un formulario del impuesto de años anteriores o el certificado catastral del predio, ingresar a la sección de impuestos en línea del sitio web, opción “Descarga del formulario 2013”, digitar los datos solicitados para obtener el formulario, pagar electrónicamente o, si lo prefieren, imprimir dos copias y pagar en cualquiera de los más de 1.100 bancos autorizados. 

En los casos en que se requiera, los ciudadanos podrán modificar la información del formulario (cambio de propietario, cambio de dirección de notificación, etc.), siempre y cuando ésta coincida con la situación real del predio a 1 de enero de 2013. Para ésto deberán ingresar por la opción “Liquidación del impuesto 2013” y seguir las instrucciones.

• Solicitar el formulario al correo electrónico [email protected] 
• Reclamar el formulario en los Super Cades y Cades:
SuperCADES 

o Américas: Avenida Carrera 86 No. 43 – 55 Sur 
o Suba: Calle 146 A No. 105 – 95 
o Bosa: Avenida Calle 57 R Sur No. 72 D – 12 
o 20 de Julio: Cra. 5 A No. 30 D 20 Sur 
o Calle 13, Movilidad y Hábitat: Avenida Calle 13 No. 37 – 35 
o CAD: Carrera  30 No. 25-90

CADES 

o Fontibón: Diagonal 16 No. 104 – 51 
o Servitá: Calle 165 No. 7 – 52 
o Santa Lucía: Avenida Caracas No. 42-00 Sur 
o Candelaria: Calle 59 Sur No. 38 – 05 
o Toberín: Carrera 21 No. 169 – 62 – Local 118

3. Comportamiento del predial en 2013

A diferencia de otras ciudades, Bogotá no aumentó las tarifas del impuesto predial. Además, es la única ciudad que anualmente actualiza su censo inmobiliario, por lo cual, el impuesto predial no registra cambios intempestivos. Para 2013, la actualización realizada por Catastro Distrital generó el siguiente comportamiento del tributo:

• Estrato 1. Representa el 6 por ciento del total de los predios residenciales y tendrá incrementos máximos de $4.000 para el 96 por ciento de los predios.

• Estrato 2. Representa el 32 por ciento del total de predios residenciales y tendrá incrementos máximos de $6.000, para el 75 por ciento de los predios.

• Estrato 3 Representa el 36 por ciento del total de predios residenciales y tendrá incrementos máximos de $51.000, para el 70% de los predios. Dado que el impuesto se paga anualmente, este valor equivale a $4.250 mensuales.

• Estrato 4. Representa el 17 por ciento del total de predios residenciales y tendrá incrementos entre $19.000 y $121.000, para el 57 por ciento. El resto de predios presentarán cambios superiores debido a que sus avalúos catastrales superan los $200 millones.

• Estrato 5. Representa el 5 por ciento del total de predios residenciales y tendrá incrementos entre $110.000 y $276.000 para el 62% de los predios. El resto de predios presentarán incrementos superiores debido a que sus avalúos catastrales superan los $250 millones.

• Estrato 6. Representa el 6 por ciento del total de predios residenciales y tendrá incrementos máximos de $426.000 para la mitad de los predios. El resto de predios presentarán incrementos superiores debido a que sus avalúos catastrales superan los $400 millones.


4. Qué hacer si no está de acuerdo con su avalúo catastral

Como la base sobre la cual se calcula el impuesto predial es el avalúo catastral establecido por Catastro Distrital, la reclamación debe presentarse ante esta entidad. Los ciudadanos se pueden comunicar a través de la Línea 195 o dirigirse a los puntos de atención de Catastro en SuperCades y Cades. Cualquier propietario puede solicitar la revisión del avalúo catastral de su predio si considera que éste supera el valor comercial. Así mismo, Catastro Distrital y la Secretaría de Hacienda disponen de una Oficina Móvil que está recorriendo los diferentes sectores de Bogotá para que los propietarios de predios conozcan de primera mano los resultados del Censo 2013 y consulten su avalúo. En este vehículo, también resolverán dudas sobre el impuesto predial. Las visitas se pueden solicitar llamando al teléfono 2347600, extensión 7600 cuando sean comunidades de más de 20 propietarios.

5. Si hay reclamo ¿se debe pagar primero?

Si el ciudadano quiere beneficiarse con el 10% de descuento, se recomienda que pague el impuesto y luego haga la reclamación. En caso de que ésta salga a su favor se generará un saldo que le será devuelto o compensado, según el caso.

Tomado de:  shd.gov.co