1. ¿Qué es el sistema Flexible de protección para la Vejez?

Pensando en los más de siete millones de colombianos a quienes sus ingresos no les permiten guardar recursos para protegerse durante la vejez, el Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Económicos Periódicos (BEP), un Esquema Flexible de Protección para la Vejez. Un mecanismo que será administrado por COLPENSIONES para estas personas que no cuentan con suficientes ingresos, como consecuencia de la informalidad de la actividad económica a la que se dedican o porque ganan menos de un salario mínimo mensual. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El propósito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.

2. ¿Quién puede acceder al Esquema Flexible de Protección para la Vejez?

– Personas con ingresos inferiores a un salario mínimo
– Personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión

3. ¿Cómo y cuándo se puede comenzar a hacer los aportes a este Esquema Flexible de Protección para la Vejez?

Los aportes los podrá realizar cualquier persona que quiera participar en este mecanismo, guardando la cantidad de dinero que pueda y en la periodicidad en la que tenga capacidad para hacerlo.

Actualmente, la nueva administradora del Régimen de Prima Media, COLPENSIONES, está estructurando la forma en el que este mecanismo de ahorro funcionará en el día a día.

4. ¿Quién administrará esté esquema Flexible de Protección para la Vejez?

La administración del Sistema Flexible de Protección para la Vejez fue asignada por la Ley 1151 de 2007 a COLPENSIONES, el administrador del Régimen de Prima Media en Colombia.

COLPENSIONES les permitirá a los beneficiarios realizar transacciones y reducir los niveles de costos que tendrían que asumir en la banca tradicional, lo que facilita su ingreso y permanencia en el sistema financiero formal.

5. ¿Este Sistema es una pensión?

No. Es un servicio social complementario diseñado para personas de escasos recursos que no cumplan con las condiciones requeridas para tener derecho a una pensión.

6. ¿Qué características tiene?

– Es un mecanismo individual, independiente, autónomo y voluntario de protección para la vejez.
– Estimula el interés de los colombianos de escasos recursos por tener algún tipo de protección en la vejez con la ayuda del Gobierno.
– Ofrece flexibilidad en la cantidad y la periodicidad a la hora de guardar los recursos y la participación es voluntaria.
– Permite la inserción en el sistema financiero formal a los trabajadores informales.

7. ¿Qué legislación creó?

El Sistema Flexible de Protección para la Vejez recoge la naturaleza de los Beneficios Económicos Periódicos (BEP), creados a través del Acto Legislativo 01 de 2005 con el fin de otorgar estos beneficios inferiores al salario mínimo, a personas de escasos recursos que devenguen menos de un salario mínimo o que no cumplan con los requisitos exigidos para la consolidación de una pensión.

8. ¿Con qué recursos se financiará?

La Ley 1328 de 2009 estableció al Fondo de Solidaridad Pensional como fuente principal de financiamiento del Sistema Flexible de Protección para la Vejez.

9. ¿Dónde y desde cuándo se puede ingresar al Esquema flexible de Protección para la Vejez?

La administración de BEPS está a cargo de Colpensiones, la entidad estima empezar a recaudar recursos entre 3y 5 mes a partir de la reglamentación. Sin embargo, se realizará una prueba piloto con la población cafetera con la ayuda de la Federación Nacional de Cafeteros.

10. ¿Hay un monto mínimo y uno máximo de ahorro?

El esquema de BEPS está basado en un ahorro individual flexible, en cuantía y periodicidad, con un tope anual permitiendo periodos en los que no se realicen ahorros. Para 2012, este tope será de $885.000.

Tomado de: Mintrabajo.gov.co