Bogotá, 10 Mayo de 2016 (SS). La Superintendencia de Sociedades se permite informar que: La contribución que deben cancelar las compañías sujetas a su vigilancia y control dependerá del monto total de activos que se calcule de acuerdo con el marco contable que le aplique a la respectiva sociedad. 

El monto total de activos se calcula con base en la información financiera que reporten las sociedades a la Superintendencia de Sociedades. Para las compañías que pertenecen al grupo 1 y que presentaron su información financiera de acuerdo con las normas internacionales de información financiera (NIIF), el monto de los activos se determina de acuerdo con esa contabilidad. 

Para las demás compañías que se sujetan al calendario del Grupo 2 y que prepararon su información financiera de acuerdo con las normas locales (Decretos 2649 y 2650 de 1993), el monto total de los activos se determina de acuerdo con esa contabilidad.

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