Como lo hemos referenciado en varios escritos en esta columna las tarifas de impuestos podrían superan el 20% sobre el valor del ingreso total. Esta ecuación sencilla hace que los empleados en materia tributaria dispondrían de un ingreso neto después de impuestos del 80% sin todavía descontar costos ni deducciones.  

Los más perjudicados son los profesionales independientes quienes de sus ingresos totales deben asumir los costos y deducciones inherentes a las labores contratadas tales como arriendos de oficina, costos de personal y demás gastos administrativos normales de cualquier actividad productiva. Recordamos que para calcular el IMAN no se tiene en cuenta dichos costos.  

Si del ingreso bruto el gobierno detrae el 20% de impuesto a la renta, sin descontar los costos de seguridad social sobre una base de 25 salarios mínimos exigidos para los niveles de ingresos que estamos analizando, sencillamente quedaría menos del 80% para atender costos y ganancia. Los márgenes de operación de algunos contratos como por ejemplo los realizados por médicos, ingenieros civiles, arquitectos, abogados contadores, fisioterapeutas, entre otros profesionales independientes, no sobrepasan del 30% al 40% del valor total facturado, lo cual significa que para poderlos atender deberían asumir costos entre el 60% y el 70%, sin la variable impuesto de renta.  

Todos estos profesionales les quedarían varias opciones entre ellas convertirse en personas jurídicas con lo cual el derecho al trabajo como principio constitucional se ve seriamente violado por cuenta de la misma Corte Constitucional y por insinuación del Ministerio de Hacienda. Ahora bien, sin importar estas denuncias que habíamos planteado con anterioridad el Ministerio de Hacienda le ha dicho a la Corte Constitucional lo siguiente como argumentos del incidente de impacto fiscal:  “El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) han estimado, con la información de las declaraciones del impuesto de renta de personas naturales por el año gravable 2013 (formularios 210 y 230), que la aplicación del fallo tiene un impacto fiscal anual aproximado de $335.000 millones.”  

En palabras sencillas los profesionales independientes y los asalariados con ingresos medios y altos se verán abocados por cuenta del auto 184 de 2016 de la Corte Constitucional a pagarle al fisco la suma de 335 mil millones de pesos, al no permitir que una parte importante de su ingreso bruto menos las deducciones permitidas para el IMAN que son esencialmente la seguridad social y pensiones, se disminuya la base fiscal en un 25% de conformidad con lo permitido en el numeral 10 del artículo 206 del Estatuto Tributario. 

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO

Columnista Vanguardia Liberal

Tax Partner – Baker Tilly

E-mail: [email protected]

Bucaramanga, 7 de junio de 2016