Quienes tengan firma digital, así como las personas naturales del régimen simplificado IVA, podrán hacerlo utilizando los Servicios en Línea de actualización.

La ampliación de estos plazos para actualizar la actividad económica en el RUT se fijó con la expedición de la Resolución 154 del 14 de diciembre del presente año.

En dicha resolución, se indicó que en el evento de requerirse asistencia y con el fin de facilitar la orientación y brindar a los clientes una oportuna atención, se pueden acercar a los Puntos de Contacto dentro de las fechas que estableció la DIAN en el cronograma para cumplir con este fin y evitar traumatismos en el servicio. Las fechas se establecieron con base en los dos últimos dígitos de NIT y se categorizaron en personas Jurídicas y Naturales.

Las fechas determinadas podrán ser consultadas en la Resolución 154 de 2012 publicada en www.dian.gov.co

Tomado de: dian.gov.co