La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de septiembre la Resolución No. 1341 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes períodos y modalidades de crédito:

  • Consumo y Ordinario: entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2015.
  • Microcrédito: entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.
  • Consumo de Bajo Monto: entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.

     

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual  para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.33%, lo cual representa un aumento de 7 puntos básicos (0.07%) en relación con la anterior certificación (19.26%).

 

Se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 35.42%, lo cual representa un aumento de 61 puntos básicos (0.61%) en relación con la anterior certificación (34.81%).

 

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto en 34.77%, lo cual representa un aumento de 281 puntos básicos  (2.81%) en relación con la anterior certificación (31.96%).

 

 

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA

En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, 29.00% efectivo anualpara la modalidad de crédito de consumo y ordinario, 53.13% efectivo anual para la modalidad de microcrédito y 52.16% para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto.

 

USURA

 

Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúaen 29.00%efectivo anual, resultado que representa un aumento de 11 puntos básicos (0.11%) con respecto al periodo anterior.

Para la modalidad de microcrédito es de 53.13% efectivo anual, un aumento de 91 puntos básicos (0.91%) con respecto al periodo anterior.

 

En la modalidad de consumo de bajo monto se sitúa en 52.16%, es decir, un aumento de 422 puntos básicos (4.22%) con respecto al periodo anterior.

Consulte aquí la información histórica del Interés Bancario Corriente.