Uno de los asuntos mas delicados en el sector de la salud es precisamente la complejidad del sistema de facturación para el cobro de los servicios y tecnologías en salud, donde los actores tienen adicional a las Leyes y Decretos propios que fue necesario expedir, los protocolos internos de cada entidad (EPS, IPS y demás), incluyendo las interpretaciones de cada funcionario que pudieran ser la parte mas fastidiosa cuando algún auditor médico glosa servicios por situaciones que generan todo tipo de angustias en los prestadores de servicios que sí o sí están obligados a atender la población bajo cualquier régimen contratado.

Un ejemplo reglamentario es el Decreto 4747 de 2007 donde el artículo 25 determina un registro sistemático del cobro, glosas y pago de los servicios de salud y que obligó al Ministerio de la Protección Social a establecer la estructura y operación de un registro conjunto de trazabilidad de la factura.

Así las cosas, se propone un Decreto reglamentario que armonice las reglas específicas de la facturación electrónica FE con las fases para establecer la trazabilidad de la factura por los servicios y tecnologías en salud de emisión de la factura electrónica, entrega de soportes e información sobre el pago o aceptación de la deuda.

El acuse de recibo de una FE “no” constituye su aceptación para el sistema general de salud. Existen toda una serie de condiciones legales y contractuales entre la entidad responsable del pago (ERP) y quien presta el servicio de salud. La entrega de soportes es todo un laberinto sin salida rápida, porque deberá atender las condiciones contractuales, es decir los protocolos, precios, autorizaciones, procedimientos establecidos y toda la infinidad de posibilidad de variantes de cada servicio médico prestado. Una vez cumplidos todos los procesos de entrega para verificación posterior, está el registro contable de “facturación radicada”, es decir en la lista de espera antes de su aceptación.

Esta situación propia del sector salud, de condicionar la aprobación de una FE, una vez validadas por la DIAN, se deberán enviar sendas copias de dichas FE y del infinito universo de las notas créditos por glosas al Ministerio de la Protección Social. Válgame Dios, es muy delicado para el sector de salud la infinidad de protocolos, leyes, en adición a los trámites burocráticos propios de un sistema en crisis por no decir en quiebra. Afinar cualquier diferencia significa poner en línea todo un sistema externo de información luego de conciliar los asuntos propios.

Sin un sistema de información muy robusto que parametrice la trazabilidad de principio a fin, imposible un control mediano. Pero, el plazo adicional de 3 meses lo consideramos insuficiente y sugerimos una implementación por etapas durante el 2019.

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Tax Partner – Baker Tilly
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 18 de julio de 2018