Para su conocimiento y aplicación se informa que con el fin de garantizar la seguridad de los documentos enviados al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en cumplimiento de los requisitos y obligaciones contraídas en los Programas de Sistemas Especiales de Importación – Exportación y de Sociedades de Comercialización Internacional, se requiere que los mismos sean remitidos a través de correo certificado, lo cual no será necesario si son entregados directamente en la sede de esta entidad. Para los anteriores efectos los documentos se deben radicar en el Grupo de Gestión Documental de este Ministerio ubicado en la Calle 28 número 13 A-15 Piso 1o de la ciudad de Bogotá, D. C., de lunes a viernes en el horario de 8:30 a. m. a 5:00 p. m.

Así mismo se informa que con el propósito de facilitar la aplicación del Decreto 1289 de 2015 y de la Resolución 1860 de 1999 modificada por la Resolución 1964 de 2001, se han establecido los formularios que se relacionan a continuación, anexos a la presente circular, para adelantar los trámites de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación y de las Sociedades de Comercialización Internacional, los cuales se encuentran a disposición de los interesados en las páginas web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo www.mincit.gov.co; de la Ventanilla Única de Comercio Exterior www.vuce.gov.co; y de Gobierno en Línea www.suit.gov.co:

 Solicitud de autorización de programas Sistemas Especiales de Importación – Exportación de Materias Primas e Insumos.

 Solicitud de autorización de Programas de Operaciones de Bienes de Capital.

 Solicitud de autorización de Estudio de Reposición de Materias Primas.

 Solicitud Estudio de demostración de Materias Primas.

 Solicitud de autorización de Sociedades de Comercialización Internacional.

Las inquietudes que se presenten sobre la aplicación de la presente circular pueden ser dirigidas a los correos electrónicos [email protected] o [email protected].

Cordialmente,

Luis Fernando Fuentes Ibarra.