Resumen: el consultante deberá revisar los montos correspondientes a activos e ingresos brutos del año inmediatamente anterior, registrados en los estados financieros elaborados bajo los marcos técnicos normativos vigentes (Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorias) a esa fecha con el fin de constatar si la Sociedad cumple los lineamientos antes citados y de esta forma está obligada a tener revisor fiscal. 

Concepto 080 CTCP 30 de Enero de 2018

CONSULTA (TEXTUAL)

“Para definir la obligación de tener revisor Fiscal, debo tener en cuenta los ingresos y patrimonio bajo NIIF o bajo información fiscal, Gracias

CONSIDERACIONES Y RESPUESTAS 

Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

Con base en la información suministrada por la peticionaria, se procede a dar respuesta a su solicitud en los siguientes términos:

Acerca de la pregunta planteada por el peticionario, nos permitimos señalar que este Consejo dio respuesta a dicha inquietud en la consulta 201 7-31 5 del 05 de abril de 201 7, y el cual para efectos de consulta, adjuntamos el siguiente enlace: https://www.ctcp.gov.coctcp_concepto.php?conceptt _id=2017 (Última revisión del enlace: 30-1 2-2017).

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó c la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1755 de 203 5, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

Para establecer la vigencia de los conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública se requiere revisar en contexto la normativa aplicable en la Fecha de expedición de la respuesta de la consulta. Adicionalmente, se debe tener en cuenta que el concepto posterior modifica a los que se hayan expedido con anterioridad, del mismo tema, así no se haga la referencia específica en el documento.