Oficio 115-056616 Supersociedades de 2018 

Me refiero al escrito de la referencia en el que consulta acerca de las revelaciones que se deben hacer sobre la escogencia de la política de medición a valor razonable de las inversiones:

A 31 de diciembre de 2017 estoy haciendo la medición de las inversiones por el valor razonable.

Para la Supersociedades donde debo hacer la respectiva revelación del por qué estoy tomando este método de medición (valor razonable): En las notas y/o políticas?

Previo a resolver su solicitud es necesario aclarar que las consultas que se presentan a esta Entidad se resuelven de manera general, abstracta e impersonal, de acuerdo con las facultades conferidas en ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales expresamente señaladas en la Ley 222 de 1995 y se circunscribe a hacer claridad en cuanto al texto de las normas de manera general, para lo cual armoniza las disposiciones en su conjunto de acuerdo al asunto que se trate y emite su concepto, ciñéndonos en un todo a las normas vigentes sobre la materia.

Atendiendo a su solicitud, a continuación respondemos los interrogantes planteados:

La NIIF 13 contiene los criterios de revelación sobre las mediciones a valor razonable de los instrumentos financieros en los párrafos 91 al 99.

Sin embargo, para poder medir un instrumento financiero a valor razonable la mencionada NIIF supone que cumple, entre otros, con los criterios contenidos en el párrafo 2:

“El valor razonable es una medición basada en el mercado, no una medición específica de la entidad. Para algunos activos y pasivos, pueden estar disponibles transacciones de mercado observables o información de mercado. Para otros activos y pasivos, pueden no estar disponibles transacciones de mercado observables e información de mercado. Sin embargo, el objetivo de una medición del valor razonable en ambos casos es el mismo: estimar el precio al que tendría lugar una transacción ordenada para vender el activo o transferir el pasivo entre participantes del mercado en la fecha de la medición en condiciones de mercado presentes (es decir, un precio de salida en la fecha de la medición desde la perspectiva de un participante de mercado que mantiene el activo o debe el pasivo).”

Así como los párrafos 15 y 16 de la mencionada norma:

“15 Una medición a valor razonable supondrá que el activo o pasivo se intercambia en una transacción ordenada entre participantes del mercado para vender el activo o transferir el pasivo en la fecha de la medición en condiciones de mercado presentes.

16 Una medición a valor razonable supondrá que la transacción de venta del activo o transferencia del pasivo tiene lugar:

(a) en el mercado principal del activo o pasivo; o
(b) en ausencia de un mercado principal, en el mercado más ventajoso para el activo o pasivo.”

Atendiendo a su consulta acerca de la información a revelar sobre la política contable de medir las inversiones a valor razonable, dicha revelación se hará en las notas a los estados financieros y al respecto la NIC 1 establece lo siguiente en los párrafos 117 y 118:

“117 Una entidad revelará sus políticas contables significativas incluyendo:

(a) la base (o bases) de medición utilizada para elaborar los estados financieros; y
(b) las otras políticas contables utilizadas que sean relevantes para la comprensión de los estados financieros.

118 Para una entidad es importante informar a los usuarios acerca de la base, o bases, de medición utilizada en los estados financieros (por ejemplo: costo histórico, costo corriente, valor neto realizable, valor razonable o importe recuperable), puesto que esa base, sobre la que una entidad elabora los estados financieros, afecta significativamente al análisis realizado por los usuarios. Cuando una entidad utiliza más de una base de medición en los estados financieros, por ejemplo cuando se han revaluado clases concretas de activos, será suficiente con proporcionar una indicación de las categorías de activos y pasivos a los que se ha aplicado cada una de las bases de medición.”

En los anteriores términos se atiende su consulta.