Con la Ley 1672 de 2012, el periodo gravable del impuesto será bimestral, cuatrimestral o anual dependiendo de los ingresos brutos que haya obtenido el contribuyente al 31 de diciembre del año gravable anterior.

Si usted es responsable del IVA es necesario que revise a qué grupo corresponde y haga la declaración y pago en los tiempos establecidos para no ser sancionado. Por desconocimiento varias personas han presentado sus declaraciones bimestrales, cuando ahora les toca o cuatrimestral o anual. LR le cuenta las características de los tres grupos.


Declaración bimestral

Si sus ingresos fueron superiores a 92.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), $2.396 millones, la declaración la hará como la seguía haciendo: bimestralmente; es decir, presentará seis en el año.

Usted ya habrá declarado el periodo gravable enero-febrero en marzo y el próximo será marzo-abril en mayo, así consecutivamente. Recuerde que el pago es simultáneo con la presentación de la declaración.


Declaración cuatrimestral

En el segundo grupo están los responsables del IVA que hayan tenido ingresos brutos entre 15.000 UVT y 92.000 UVT ($390 millones y $2.396 millones). Su periodicidad será cuatrimestral: el periodo enero-abril lo va a declarar en mayo; el periodo mayo-agosto, en septiembre; septiembre-diciembre, en enero de 2014. Igualmente, el pago es simultáneo con la presentación de la declaración.


Declaración anual

El tercer grupo es el de los contribuyentes más pequeños. Si a 31 de diciembre de 2012 usted tuvo ingresos menores o iguales a 15.000 UVT ($390 millones) presentará la declaración anual, su periodo gravable es enero-diciembre, lo que quiere decir que en 2013 no va a presentar la declaración, sino en enero de 2014. Sin embargo, el pago se estableció en tres cuotas. En mayo tiene que pagar el 30% del impuesto de todo el año; en septiembre, otro 30% y en enero de 2014, cuando presente la declaración, el 40% del pago restante.

Según Cecilia Rico, directora de Ingresos de la Dian, la entidad tributaria recibe en un año 2.126.064 declaraciones de IVA. Con el cambio que se hizo con la Ley 1607 espera que solo entreguen 631.550 declaraciones.

La idea es facilitarle a los contribuyentes el cumplimiento de la obligación. Son 229.847 pequeños, por ejemplo, que ya no tienen que presentar seis declaraciones en el año, sino solo una. En 2012, este grupo presentó 1.260.927 declaraciones.

Además, cuentan con el pago en tres cuotas. “Es un alivio porque no va a tener una derogación de su flujo de caja cada dos meses, sino tres veces en el año”, dijo la funcionaria. También 77.239 contribuyentes que pertenecen al grupo con ingresos entre $390 millones y $2.396 millones se benefician. Ya no declararán seis veces en el año, sino solo tres.


Evite las sanciones

Aunque la Ley empezó a regir desde enero de este año algunos contribuyentes presentaron declaraciones del periodo gravable enero-febrero en marzo cuando su periodicidad es ahora cuatrimestral o anual.

La mayoría son ciudadanos responsables del IVA que hacen declaraciones de manera litográfica y la llevan al banco. Para los declarantes electrónicos ya está controlado. Si usted es una de estas personas que creyó ya haber cumplido con la obligación, la Dian lo invita a que si su declaración es cuatrimestral declare el periodo enero-abril en mayo y pague la diferencia frente a lo que pagó en marzo. Esto con el fin de evitar que le cobren la sanción por extemporaneidad, que es de $260.000 para este año.

“No queremos que hayan más personas que incurran en esa forma de presentación, porque vamos a tener dificultades y un volumen de documentos que no esperábamos”, afirmó Rico.


Las condiciones especiales de pago

La Reforma Tributaria, otorgó una condición especial para el pago de impuestos, tasas y contribuciones correspondientes a los períodos gravables 2010 y anteriores. La Dian espera que 220.008 morosos se pongan al día en sus obligaciones que ascienden a un total de $2,9 billones. Si el contribuyente realiza el pago de contado del 100% de la obligación principal pendiente, se ahorra el 80% de los intereses causados y las sanciones actualizadas generadas hasta la fecha del pago. Si el deudor suscribe un acuerdo de pago por la totalidad de la obligación principal más los intereses y sanciones actualizadas, por cada concepto y período se reducirán al 50% los intereses y las sanciones actualizadas hasta la fecha del pago.


Las opiniones


Cecilia Rico
Directora de ingresos de la Dian

“Más de 460.000 responsables del IVA se verán beneficiados con los cambios en la periodicidad de la presentación de las declaraciones. Los pequeños tendrán una declaración anual”.


Gustavo Cote
Ex director de la Dian

“Son absolutamente inconvenientes los cambios ya que llevan a que hayan confusiones. El decreto que reglamenta este tema no dice nada sobre los que están empezando actividades este año”.


Luis Carlos Villegas
Presidente de la Andi

“Luego de la labor legislativa quedan tareas pendientes y urgentes en la reglamentación de la reforma tributaria para que tengan rápida aplicación”.

Andrea Carranza Garzón

[email protected]

Tomado de: larepublica.com

Tomado de: larepublica.com