La Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia informó que después de realizado el análisis de la situación de los arrendatarios del conjunto habitacional Space y demás unidades afectadas, frente a la norma, se puede dar lugar a la terminación del contrato de arrendamiento unilateral, ante la imposibilidad de goce de los inmuebles arrendados.

Precisamente, la ley 820 de 2003 es la encargada de regular de manera específica las condiciones de arrendamiento de vivienda urbana y, además, de determinar cuáles son las causales por las que el arrendatario puede dar por terminado el contrato de arrendamiento de manera unilateral.

Sin embargo, esta ley no contempla la ruta de acción frente a los casos de destrucción o afectación tal del inmueble que impida el uso y goce del mismo, como sucede en estos momentos con los afectados de Space y sus alrededores.

Por este motivo, la Lonja explica que se debe acudir a la regulación general para el arrendamiento de cosas, contenida en el Código Civil, que reglamenta el arrendamiento de vivienda urbana frente a aquello que no se encuentre incluido en la Ley 820 de 2003.

De acuerdo al capítulo IV, artículo 2008 del Código Civil, una de las causales de expiración y terminación del contrato  de arrendamiento de cosas, es la destrucción total de la cosa arrendada.

Es necesario aclarar que para hablar de destrucción total, no se exige que el inmueble desaparezca en el sentido material, basta con que no se pueda hacer uso de éste.

Así las cosas, si el inmueble no sirve para el uso o goce del arrendatario, este podrá dar por terminado el contrato de arrendamiento, conforme a lo establecido en el artículo 1973 del Código Civil, donde se define “el arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado”.

Por lo tanto, al no cumplirse lo anterior, desaparece el objeto del contrato y el arrendatario podrá solicitar la terminación, sin que haya lugar a cobro de indemnizaciones por parte del propietario y/o arrendador.

Desde la Lonja hacemos un llamado a las empresas de arrendamiento para que conforme a la norma atiendan los requerimientos que en estos momentos están haciendo los ciudadanos, habitantes del proyecto Space y sus alrededores que se han visto afectados, para la terminación de los contratos de arrendamiento”, indicó Federico Estrada García, gerente de La Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia.

Tomado de: dinero.com