Para muchos es difícil entender y calcular el patrimonio y los ingresos, y aún más si estos se dividen en brutos y líquidos. FP le cuenta la definición de cada uno y cómo calcularlos.

¿Qué es el patrimonio bruto?

Es el conjunto de bienes y derechos apreciables en dinero poseídos a 31 de diciembre de cada año gravable (31 de diciembre de 2013). Es decir, es el patrimonio antes de restarle el monto de las deudas o pasivos a cargo del contribuyente al 31 de diciembre de 2013.

¿Qué es el patrimonio líquido?

El patrimonio líquido se determina restando del patrimonio bruto, las deudas a cargo del mismo contribuyente a 31 de diciembre del 2013, que cumplan con las condiciones de aceptación de acuerdo a los artículos del 283 al 286 del Estatuto Tributario.

¿Cómo se determina el monto del patrimonio bruto?

Para establecer cuál fue su patrimonio bruto requiere en primer lugar tener a disposición los documentos en los que consten la titularidad de los bienes e inversiones, con valores que correspondan al respectivo año gravable (2013).

Para su ilustración se enuncian algunos de ellos, pero según cada situación pueden existir otros no mencionados aquí. En todo caso deben conservar la totalidad de los soportes de su patrimonio.

a. Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes expedidos por las entidades financieras.
b. Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.
c. Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
d. Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
e. Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
f. Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.
Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones, conforme a los requisitos de ley.

¿Qué son los ingresos brutos?

Son ingresos recibidos efectivamente en dinero o en especie que equivalgan legalmente a un pago durante un año gravable (desde el 1 de enero a 31 de diciembre 2013).
Incluye los ingresos por conceptos de dividendos o participaciones en utilidades cuando les hayan sido abonados en cuenta de calidad de exigibles y los ingresos en la enajenación de bienes inmuebles a partir de la fecha de la escritura pública.

No se incluyen los ingresos recibidos por anticipado.

¿Cómo se determina el monto de los ingresos brutos?

Para determinar a cuánto ascendieron sus ingresos brutos es importante tener a disposición los documentos en los que consten los ingresos que recibió durante el año gravable 2013, para su ilustración se enuncian algunos de ellos, según cada situación pueden existir otros no relacionados en esta lista. En todo caso debe conservar la totalidad de los soportes de sus ingresos.

g. Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.
h. Certificado de Ingreso promedio de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.
i. Certificado de salario básico, siempre y cuando haya tenido la calidad de oficial o suboficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional o agente de la Policía Nacional.
j. Certificado de las primas, bonificaciones, horas extras y demás complementos salariales, siempre y cuando sea ciudadano colombiano y que integre las reservas oficiales de primera y segunda clase de la Fuerza Aérea, mientras ejerza la actividad de piloto.
k. Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad, maternidad, gastos de entierro del trabajador, seguro por muerte y compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
l. Certificado por prima de localización de vivienda (pactada con anterioridad a 31 de julio de 1995).
m. Certificado de la prima especial y la prima de costo de vida de que trata el Decreto 3357 de 2009 para los servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores
n. Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
o. Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
p. Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
q. Certificado de pago de recompensas.
r. Certificado de dividendos y participaciones abonados en cuenta en calidad de exigibles durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.
s. Certificados de pagos de indemnizaciones por destrucción y renovación de cultivos y por control de plagas.
t. Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
u. Certificados de ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización Rural, ICR o AIS.
v. Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su empleador.
w. Certificado por incentivo forestal.
x. Certificados o autorizaciones para la prestación de servicios de ecoturismo expedido por las autoridades competentes.
y. Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.
z. Certificados expedidos por las autoridades competentes que respalden exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios internacionales.
Certificados por concepto de dividendos y participaciones recibidos en el año.

Tomado de: https://www.finanzaspersonales.com.co/impuestos/articulo/calcule-ingresos-patrimonio-bruto-declaracion-renta/54305