En la Sentencia T-565 de 2013, la Corte Constitucional precisa que todas las personas tienen derecho a definir su reconocimiento en un género (identidad de género), así como su inclinación afectiva hacia otros (orientación sexual). Por tanto, ninguna institución, autoridad, organización o persona está autorizada para imponerle a otra una identidad de género porque esto forma parte de los derechos fundamentales individuales.

 

Lo anterior, obedece a la situación vivida por Grace Kelly, la mujer transgénero que presentó la tutela ante la Corte Constitucional y de muchas otras más, quienes a pesar de reconocerse como mujeres, en su cédula de ciudadanía aparece sexo masculino, razón por la cual deben presentar la libreta militar para celebrar contratos con entidades públicas, ingresar a carrera administrativa, tomar posesión de cargos públicos y obtener grado profesional en cualquier centro de educación superior.

 

La realización de este conversatorio hace parte de las acciones afirmativas que desarrolla la Secretaría Distrital de Integración Social, encaminadas a superar la discriminación contra esta población. “Es un avance histórico que la Corte Constitucional reconozca a las mujeres transgeneristas como mujeres sujetas de derecho y cabe anotar que la sentencia tiene alcance para todas las personas transgénero de Colombia “, afirmó Juan Carlos Florián.

Tomado de: https://www.radiosantafe.com/2014/09/30/poblacion-lgbti-celebra-eliminacion-de-la-libreta-militar-para-los-transgenero/