A través de la Resolución 1988 del 30 de octubre de 2013, la Superintendencia Financiera de Colombia le ordenó a la sociedad Planeación Financiera Integral S.A. suspender de manera inmediata las actividades que constituyen captación ilegal o recaudo no autorizado de dineros del público.

La medida es únicamente sobre los recursos del público recaudados masivamente en forma no autorizada y no afecta su actividad lícita.

Como resultado de la visita de del ente de control se estableció que la empresa realizaba operaciones denominadas “compraventa de títulos valores Pagarés – Libranza”, con personas naturales y jurídicas, que en la realidad económica correspondían a operaciones comerciales en virtud de las cuales recibía dineros del público y se obligaba a devolverlos en un término previamente pactado junto con el reconocimiento de un interés.

Al 31 de marzo de 2013 la firma había realizado 194 operaciones con los pagarés y recibió de 138 inversionistas, la suma de $18.978 millones.

La empresa adquiere “pagarés-libranzas” a tres cooperativas denominadas Coopservinco, Fondemilcoop, y Serincoop, para posteriormente venderlas a particulares con quienes suscribe un contrato denominado “contrato de compraventa de cartera”.

Explica la Superfinanciera que el recaudo de los flujos de dineros correspondiente a cada pagaré-libranza queda a cargo de las cooperativas, y para la administración de tales flujos y el pago de ellos a las personas que los compran, se conformó un patrimonio autónomo denominado “Fideicomiso Planeación Financiera Integral”, en el cual obran como fideicomitentes las tres cooperativas antes enunciadas, y la sociedad visitada tiene la calidad de acreedor vinculado.

La Superfinanciera remitió copia de la actuación y de la medida administrativa a la Fiscalía General de la Nación y a la Superintendencia de Sociedades para que dentro del ámbito de sus competencias, adopten las medidas que consideren pertinentes.


En lo corrido de 2013 la Superintendencia Financiera de Colombia ha hecho un total de 28 advertencias al público en general por firmas que no están sometidas a la inspección, vigilancia y control de la Entidad, razón por la cual no están autorizadas para captar recursos del público en forma masiva y habitual bajo ninguna modalidad.

Adicionalmente, ha adoptado 6 medidas administrativas a través de las cuales ordena a personas naturales y/o jurídicas, suspender inmediatamente las actividades que constituyen captación o recaudo no autorizado de dineros del público.

Tomado de: dinero.com