Según el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, la propuesta genera una mayor liquidez para el mercado y favorece su profundidad.

Dentro de la clasificación de los títulos de renta fija, según la Superintendencia Financiera, se encuentran “los bonos, CDT, papeles comerciales, aceptaciones bancarias y financieras, etc”.

Según el proyecto, se harán modificaciones en el régimen de retefuente aplicable a los autorretenedores de rendimientos financieros, estos son en su mayoría las entidades financieras. Los cambios buscan evitar la práctica de retenciones en exceso cuando los agentes autorretenedores adquieren los títulos de renta fija por un valor superior al nominal o cuando el valor de venta es inferior al nominal. El cambio permite a los agentes compensar los valores negativos con valores positivos; así, acerca la retefuente a la realidad económica del inversionista. Este cambio genera un alivio a la administración ya que no debe hacer procesos de devolución de retenciones. Además, cuando se le evita al inversionista el pago de retenciones sobre ingresos que económicamente no han sido realizados, se dota al mercado de mayor liquidez.

A los no autorretenedores se les aclarará y simplificará el tratamiento. El nuevo tratamiento se va a centrar en dos momentos: en el pago de cupones o intereses parciales los cuales serán la base de la retención en la fuente y al momento de la enajenación del título, estableciendo que la base para la misma será la diferencia positiva entre el precio de enajenación y el precio de adquisición del mismo.

Las modificaciones aplicarían a las inversiones de capital de portafolio del exterior, ya que con la reforma tributaria (Ley 1607 de 2012), los administradores dejaron de ser autorretenedores.

Tomado de: larepublica.co