(Finanzas Personales) Cada 14 de febrero es una obligación de los empleadores consignar estos recursos, los cuales deben ser entregados a una entidad administradora de pensiones y cesantías. Solo se pueden dar directamente al empleado en tres escenarios.

Febrero ha sido por tradición un mes donde llega una gran noticia para los trabajadores: es la temporada de pago de cesantías. Son cifras importantes que circulan por la economía del país, como lo señala Asofondos, el gremio que reúne a las administradoras de fondos de pensiones y de cesantías. De acuerdo con un balance de esta entidad, los retiros de cesantías por terminación de contrato aumentaron 8,9% con respecto a 2017 y el dato final es que los retiros por este motivo alcanzaron los $1,8 billones.

Si usted hizo la tarea de dejarlas guardadas mire la rentabilidad de este dinero, según las cifras que manejan las entidades que las administran.

“Un gran reto que tenemos como país, y que debe partir de la ley, es volver a encaminar correctamente las cesantías, que se crearon para actuar como una cobertura para quienes quedan sin trabajo mientras se enganchan nuevamente. Las cesantías no pueden convertirse en plata de bolsillo”, aseguró Santiago Montenegro Trujillo, presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía, Asofondos.

Hoy la ley permite también usos asociados a educación y vivienda, siendo este último el principal motivo de retiro dada la suma de $2,95 billones que fue utilizada para compra y mejoramiento de vivienda en el último año.

Esos tres usos anteriores de las cesantías es la manera correcta de sacar ese dinero, que se convierte en una forma de protección para quien se queda desempleado. Para retirarlas existe un proceso y acá se lo explicamos de la forma más sencilla.

Adicional, no solo los empleados reciben cesantías, los independientes también puede cotizar a ese fondo, aunque la Ley, no obliga a los empleados independientes a consignar cesantías, pero el empleado independiente tiene la opción de consignarlas voluntariamente y retirarlas cuando lo desee.

Aquí hay algo importante y es el beneficio tributario que se obtiene sobre esta consignación: Si usted es trabajador independiente, el aporte que realice a un Fondo de Cesantías será un gasto deducible que disminuirá la base gravable frente a la cual se calcula el impuesto sobre la renta, bajo el modelo de renta ordinaria.

Por ser aportes voluntarios al Fondo de Cesantías, estos retiros se manejan como un reintegro de capital que no genera efectos tributarios en su impuesto de renta. “Consignar las cesantías en Protección es un proceso fácil y rápido que se puede realizar usando un servicio como Pague fácil Cesantías, disponible en protección.com”, indicó Molano.

En casos como Protección, las cesantías pueden ser la cuota inicial para la casa propia, para el pago de estudios superiores o un seguro en caso de desempleo. Para el caso de cumplir el sueño de vivienda, luego de tener ahorradas las cesantías en Protección, materializar el sueño de casa propia puede ser realidad con una alianza que tienen con Bancolombia para solicitar un crédito o leasing para vivienda.

Adicional, los colombianos en el exterior pueden hacer un ahorro de cesantías. La única forma de recibir cesantías en caso de vivir en el exterior, es realizar su aporte de forma voluntaria. Para este caso, el retiro de las cesantías se cumplirá con el debido proceso para las personas que realizan el retiro de manera independiente.

Por eso, FP habló con Juan Carlos Molano, gerente corporativo y gobierno de Protección, en estepódcast sobre cesantías para saber todo lo relacionado con la destinación de este ahorro.

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