Resumen: Respecto de la metodología para estimar las probabilidades asociadas, esta deberá ser elaborada y documentada por parte de la entidad, donde justifique la estimación contable utilizada y realice una revisión de la misma, con el objetivo de ajustarla cuando no corresponda a la mejor estimación del pasivo.

CONSULTA (TEXTUAL)
De la manera más atenta, me permito formular a ustedes la siguiente consulta: La prestación de servicios en salud derivados de la Administración de los Planes de Beneficios, permite a las EPS el reconocimiento de una obligación con los prestadores de servicios y también un costo, sin embargo, ese registro puede cambiar por la ocurrencia de las glosas.

Las glosas son objeciones a las facturas presentadas por las Instituciones prestadoras de servicios de salud – IPS, originadas en las inconsistencias detectadas en la revisión de las facturas y sus respectivos soportes. Cuando en una factura se presentan inconsistencias en lo que respecta a su presentación, consolidación, aplicación de tarifas, cobertura de servicios, entre otros, la EPS devolverá la cuenta a la IPS para su corrección y los prestadores de servicios de salud tendrán la obligación de aclarar o corregir las observaciones y dar respuesta a las mismas dentro de un plazo
establecido.

Teniendo en cuenta que parte de la obligación inicial se debe reclasificar a la cuenta Glosas sobre Facturación, porque se desconoce el resultado del trámite administrativo que definirá el valor real del pasivo con los prestadores, el reconocimiento de este pasivo estimado se puede hacer con base en lo dispuesto por el párrafo 21.7.b) de la NIIF para Pymes: “Cuando la provisión surja de una única obligación, la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación puede ser el resultado individual que sea más probable. No obstante, también en este caso la entidad considerará otros resultados posibles. Cuando otros resultados posibles sean mucho más caros o mucho más baratos que el resultado más probable, la mejor estimación será un importe mayor o menor, respectivamente que el resultado más probable”.

Cabe mencionar que el párrafo 2.20 de la NIIF para las Pymes especifica que una característica esencial de un pasivo es que la entidad tiene una obligación presente de actuar de una forma determinada. La obligación puede ser una obligación legal o una obligación implícita. Una obligación legal es exigible legalmente como consecuencia de la ejecución de un contrato vinculante o de una norma legal. El proceso de conciliación de las glosas deriva en la disminución de un pasivo y en consecuencia de su costo, sin embargo este proceso demanda en el mejor de los casos un lapso de 90 días, cuando la facturación se radica al cierre del periodo sobre el cual se informa, el tiempo en el cual incurre la realización de la conciliación de las glosas, fácilmente puede ocasionar ingresos por recuperación de costos de vigencias pasadas, que bajo NIIF ya no tienen cabida.

Con base en lo anterior, mediante la aplicación de un método estadístico basado en una serie histórica de 36 meses que considera el comportamiento de la recuperación a favor de la EPS de las glosas presentadas a los prestadores de servicios, ¿es procedente reconocer el resultado del estudio técnico y tratarlo como la mejor estimación de la glosa de sobre facturación?

CONSIDERACIONES Y RESPUESTA
Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular. Además de lo anterior, el alcance de los conceptos emitidos por este Consejo se circunscribe exclusivamente a aspectos relacionados con la aplicación de las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información. Una glosa puede definirse como “una no conformidad que afecta en forma parcial o total el valor de la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión integral, que requiere ser resuelta por parte del prestador de servicios de salud1”.

De acuerdo con la definición anterior, las glosas corresponden a un ajuste al valor cobrado por parte del proveedor de servicios (en este caso la IPS), por lo que reconocer como pasivo el valor total de la factura cobrada por el proveedor de servicios a la EPS sin tener en cuenta la incertidumbre generada por las glosas, no correspondería con una representación fiel del pasivo de la entidad para con el proveedor de servicios.

En este caso, el valor del pasivo deberá medirse por su costo histórico (esto es el precio de la transacción), no obstante deberá ajustarse por

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1 Tomado del Manual Único de Glosas, Devoluciones y Respuestas, emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social, enlace
https://www.minsalud.gov.co/salud/Documents/Anexo%20tecnico%20No.%20%206%20Res%203047-08%20y%20416-09.pdf

“la mejor estimación del importe que se requeriría para liquidar la obligación en la fecha sobre la que se informa2”, lo anterior se justifica en que la operación se basa en una relación contractual fuertemente reglamentada por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, por lo que se tratará de un pasivo financiero en el cual el valor a pagar se encuentra sujeto a verificación por parte de la auditoría realizada por parte de la EPS a los cobros realizados por parte de las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS).

En este caso, la entidad deberá utilizar una política contable para la medición de la cuenta por pagar a los proveedores de servicios que incluya “una ponderación de todos los posibles resultados por sus probabilidades asociadas. En el caso de que el rango de resultados posibles sea un continuo, y cada punto del mismo tenga la misma probabilidad que otro, se utilizará el valor medio del intervalo3”, lo que corresponderá a un análisis de las probabilidades asociadas con la reducción del valor a pagar al proveedor de servicios producto de las glosas. El análisis de la probabilidad podrá realizarse de manera agrupada para todos los proveedores de servicios o podrá segmentarse teniendo en cuenta los servicios prestados y las probabilidades mayores o menores de glosar valores de acuerdo a una clase particular de servicios (ginecología, oftalmología, etc.).

Un ejemplo de lo anterior sería el siguiente:

Una Entidad promotora de Salud (EPS) recibe una factura por los servicios prestados en el mes por parte de su proveedor, una Institución Prestadora de Salud (IPS), la cual realiza un cobro de $15.000.000 por servicios de odontología.

La experiencia de la entidad respecto de las glosas en servicio de odontología corresponde al 20%, por lo que la entidad realiza el siguiente registro contable (sugerido)

Si al momento de pagar la factura al proveedor resultan valores adicionales que incrementan o reducen el valor a pagar, dicho ajuste se reconocerá, en el costo del servicio de salud, como un ajuste al servicio.

Respecto de la metodología para estimar las probabilidades asociadas, esta deberá ser elaborada y documentada por parte de la entidad, donde justifique la estimación contable utilizada y realice una revisión de la misma, con el objetivo de ajustarla cuando no corresponda a la mejor estimación del pasivo.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.