Resumen: Por tratarse de una entidad permaneciente al grupo 1 que aplica las NIIF plenas, la entidad anualmente deberá revisar la vida útil de la mejora en propiedad ajena (NIC 16.51) y en caso de encontrar que las expectativas de vida útil difieran de las utilizadas, entonces deberá realizar el cambio de la vida útil, el cual por tratarse de una estimación contable se aplicara de forma prospectiva.

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