Resumen: Las nuevas normas de información financiera no definen el concepto de ”valor residual alto”, y la medición posterior de un elemento de propiedades, plata y equipo, dependerá de la política contable aplicada por la entidad. Conforme al marco técnico que deben aplicar las entidades clasificadas en el grupo 2, son permitidos el modelo del costo o el modelo de revaluación; esto es distinto de la exención permitida en la fecha de transición, en donde por una única vez se permitió utilizar el valor razonable como sustituto del costo del activo.

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