Resumen: En el caso, en que las muestras medicas tengan un valor comercial, y no correspondan a cantidades de productos adicionales que hayan sido suministrados en una compra, los responsables de los estados financieros deberán revisar si las normas técnicas aplicables permiten su reconocimiento como activos, y establecer el importe inicial por el cual ellas son reconocidas en los estados financieros, considerando las restricciones que sobre materialidad y costo-beneficio hayan sido establecidas en el marco técnico aplicado por la entidad. En este caso, las normas sobre subvenciones u otras normas similares o relacionadas podrían ser aplicables.

Concepto 856 CTCP 24 de Septiembre de 2018

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