Los servicios de vigilancia sólo pueden contratarse con entidades debidamente autorizadas y no con personas naturales.
Concepto 113887
28 de abril de 2008
Ministerio de la Proteccion Social
Los servicios de vigilancia sólo pueden contratarse con entidades debidamente autorizadas y no con personas naturales.
28 de abril de 2008
Ministerio de la Proteccion Social
Los servicios de vigilancia sólo pueden contratarse con entidades debidamente autorizadas y no con personas naturales.