DECRETA

Apruébese el “Acuerdo entre el gobierno de la república de Colombia y la República de la India para evitar la doble imposición y pre venir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta” y su “protocolo”, suscritos en nueva Delhi, el 13 de mayo de 2011.


ARTÍCULO PRIMERO: 

ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 7a de 1944r el “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA DE LA INDIA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICiÓN Y PRE VENIR LA EVASiÓN FISCAL EN RELACiÓN CON EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA” Y SU “PROTOCOLO”, suscritos en Nueva Delhi, el 13 de mayo de 2011, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al País a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.


ARTÍCULO TERCERO: La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

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